ActualidadCIRCULAR INFORMATIVA 2/2022

CIRCULAR INFORMATIVA 2/2022

PLAN ANUAL DE CONTROL TRIBUTARIO 2022

Con fecha 31 de enero de 2022, se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 26 de enero de 2022 de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2022.

Pasamos a comentarles, de manera muy resumida, las principales medidas de control tributario de la AEAT:

PREVENCIÓN DE LOS INCUMPLIMIENTOS. EL FOMENTO DEL CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE

1. Censo.

El censo es la base de la información de la Agencia Tributaria para la asistencia, la prevención y el control tanto intensivo como extensivo.

El objetivo será asegurar la correcta declaración, por parte de aquéllas, de los elementos identificativos o censales que resultan de capital importancia para un adecuado proceso de la información fiscal.

Dentro del colectivo societario existe una parte significativa constituida por sociedades inactivas o con escasa o nula actividad. A menudo tales sociedades han sido simplemente abandonadas por sus administradores y socios sin realizar los actos jurídicos que el ordenamiento prevé para los casos de terminación, extinción y disolución de la persona jurídica. La OCDE, considera que estas personas jurídicas inactivas resultan potencialmente ocultadoras de la verdadera titularidad de bienes y derechos, en España o en otras jurisdicciones, y afectan con ello la transparencia de nuestro sistema en el conocimiento y comunicación del Beneficiario Efectivo.

2. Cumplimiento de presentación de autoliquidaciones y declaraciones informativas.

Las actuaciones de depuración del censo, permitirán que las acciones de control sobre el cumplimiento de la presentación de autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria, se dirijan sobre aquellos contribuyentes activos que no hayan cumplido sus obligaciones tributarias.

3. Calidad de la información internacional.

En el ámbito internacional, destaca el incremento de la transparencia en la información y la consolidación de todos los intercambios de información impulsados en la Unión Europea y en el ámbito de la OCDE.

4. Prevención en materia de Aduanas e Impuestos Especiales.

Durante el año 2022, se continuará trabajando en la mejora del sistema y de la coordinación con el resto de autoridades afectadas utilizando, en la medida de lo posible, herramientas informáticas, anticipando el control y reduciendo en gran parte los costes del despacho de mercancías. En paralelo, se continuará trabajando a nivel europeo en el diseño de la Ventanilla Única Europea.

Los controles en los recintos aduaneros juegan, en consecuencia, un papel clave, y, por ello se realizarán, entre otras, las siguientes actuaciones:

  1. Refuerzo de las actuaciones de control de la importación y exportación de mercancías sujetas a controles adicionales.
  2. Control de las declaraciones aduaneras y de los elementos de las mismas con incidencia directa en la liquidación de los tributos asociados a la introducción de las mercancías en el territorio aduanero de la Unión Europea.

5. Otras actuaciones preventivas.

Igualmente se consideran de gran relevancia las actuaciones de naturaleza preventiva, tendentes a garantizar las bases tributarias y a ofrecer seguridad jurídica a los contribuyentes.

LA INVESTIGACIÓN Y LAS ACTUACIONES DE COMPROBACIÓN DEL FRAUDE TRIBUTARIO Y ADUANERO

Los objetivos estratégicos de la Agencia Tributaria pivotan en torno al refuerzo de la asistencia y de la prevención del fraude fiscal e intensificación de las actuaciones de control sobre el fraude tributario y aduanero más complejo, con el fin de fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes.

Durante el año 2022, se va a reincidir en una técnica novedosa de trabajo, basada en los principios de la OCDE conocidos como «Behavioural Insights», consistente en complementar el plan extensivo anual de visitas a determinados sectores empresariales con la emisión de un número de cartas aviso dirigidas a aquellos contribuyentes, de los sectores elegidos, que incurran en determinados parámetros de riesgo de incumplimiento cuando se observe que dichos parámetros se vienen manteniendo de forma continuada a lo largo de los últimos ejercicios.

En 2022 se impulsará la creación de un área de coordinación de análisis de riesgos y selección en el ámbito de Gestión Tributaria que integrará una visión sistemática y unificada de la asistencia al contribuyente y el control.

1. Fuentes de información y avances tecnológicos en el análisis de riesgos.

Una de las principales fuentes de información con que cuenta la Agencia Tributaria es la obtenida durante la ejecución del Plan Nacional de Captación de Información que cada año define, impulsa y coordina la Oficina Nacional de Investigación del Fraude.      

2. Control de tributos internos.

A. Actuaciones de comprobación.

A.1 Grupos multinacionales, grandes empresas y grupos fiscales.

  1. Medidas antielusión. Reforzamiento, a nivel global, de las medidas antielusión, tanto de carácter interno como internacional.
  2. Precios de transferencia y operaciones transnacionales. La internacionalización e integración de la actividad económica a nivel mundial han dado lugar a que las operaciones vinculadas internacionales tengan una importancia sustancial en la economía actual.
  3. IRNR con y sin establecimiento permanente.

A.2 Análisis Patrimonial.

Las especiales características de los contribuyentes con grandes patrimonios requieren el uso de mecanismos de análisis sofisticado para investigar y comprender complejos entramados financieros y societarios controlados por los mismos, lo que ha supuesto un importante esfuerzo en el desarrollo de herramientas informáticas específicas.

A.3 Ocultación de actividades empresariales o profesionales y uso abusivo de sociedades.

El impacto que la crisis económica haya podido generar o continúe generando sobre diferentes actividades empresariales y profesionales y el hecho de que determinados sectores económicos se hayan podido ver menos afectados por la misma, deben obligar a la Administración tributaria a valorar dichas circunstancias en el marco de sus procedimientos de comprobación.

A.4 Control de actividades económicas.

1. Análisis de la economía digital.

  1. Comercio electrónico: Durante 2022, la Agencia Tributaria reforzará las medidas necesarias para garantizar un adecuado control de la actividad económica que se realiza vía comercio electrónico, fomentando el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de todos los que intervienen en el proceso, y adoptando medidas correctoras en aquellos casos en que no se produzca dicho cumplimiento voluntario.
  2. Prohibición de software de doble uso: Se establece la obligación de  que los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos  contables, de facturación o de gestión de quienes desarrollen actividades económicas,  garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos.
  3. Monedas virtuales: Las actuaciones a realizar en 2022 en materia de monedas  virtuales son las siguientes:
    1. Desarrollo normativo y elaboración de los modelos de declaración para dar cumplimiento a las obligaciones de información.
    2. Continuación de las tareas iniciadas en años anteriores relativas a la obtención de información procedente de diversas fuentes relacionada con las operaciones realizadas con monedas virtuales.
    3. Sistematización y análisis de la información obtenida sobre la correcta tributación de las operaciones realizadas.
    4. Potenciación de las herramientas informáticas necesarias para facilitar las actuaciones de control de las transacciones con monedas virtuales.
    5. Fortalecimiento de la cooperación internacional y la participación en foros internacionales con el objeto de obtener información sobre operaciones realizadas con monedas virtuales.

2. Actuaciones de control relativas al IVA.

Los órganos de control de la Agencia Tributaria desarrollarán de nuevo en el año 2022 actuaciones tendentes a comprobar la correcta aplicación del régimen de recargo de equivalencia del Impuesto sobre el Valor Añadido.

3. Actuaciones de control relacionadas con el Impuesto sobre Sociedades.

Durante el año 2022, de nuevo con el tradicional control sectorial y los planes de actuación contra la economía sumergida, la Inspección incidirá, mediante la aplicación del Plan Estratégico 2020-2023, en expedientes en los que existan bases imponibles negativas, créditos fiscales en base o cuota pendientes de compensar o de aplicar.

CONTROL DEL FRAUDE EN FASE RECAUDATORIA

Se priorizarán las siguientes líneas de actuación en el ámbito recaudatorio.

Medidas de prevención y control del fraude fiscal:

  • Mejoras en la evaluación del riesgo recaudatorio.
  • Persecución del delito contra la Hacienda Pública y contrabando.
  • Adopción de derivaciones de responsabilidad.
  • Adopción de medidas cautelares.
  • Presencia de los funcionarios de recaudación.
  • Medidas específicas para la persecución del fraude recaudatorio más importante cuantitativa y cualitativamente.

COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA TRIBUTARIA Y LAS ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

La colaboración entre la Agencia Tributaria y las administraciones tributarias autonómicas resulta esencial para el adecuado control de los tributos cedidos, sean gestionados por la Agencia Tributaria o por las Comunidades Autónomas por delegación del Estado. Así, continuarán los intercambios de información sobre los datos censales más relevantes de los obligados tributarios a través del Censo Único Compartido, base de datos consolidada de información censal obtenida por las administraciones tributarias autonómicas y estatal.

Atentamente,

Antonia Juárez – Asesores Tributarios –

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