Circulares InformativasCIRCULAR INFORMATIVA 22/2016

CIRCULAR INFORMATIVA 22/2016

 

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NO OBLIGATORIEDAD DEL LIBRO DE VISITAS Y CAMPAÑA DE CONTROL DE LA JORNADA

 

Publicada la Orden ESS/1452/2016 de 10 de junio, por la que se regula el modelo de diligencia de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, con fecha 12 de septiembre 2016, les queremos informar de los aspectos más importantes:

  • Entrada en vigor desde el día 13 de septiembre 2016.
  • Contenido: APRUEBA LA DESAPARICIÓN DEL LIBRO DE VISITAS con carácter definitivo y regula el modelo de Diligencia que utilizará la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a partir de la fecha.
  • En cada visita el Inspector actuante utilizará este modelo de diligencia, que deberá cumplimentar él en la visita o citación en la Inspección de Trabajo y que dejará copia firmada en la Empresa.
  • Dicha diligencia deberá ser conservada en la empresa y a disposición de la Autoridad Laboral durante un plazo de 5 años, a contar desde la fecha de expedición de la misma.
  • El Libro de Visitas vigente hasta la fecha, deberá mantenerse a disposición de la Autoridad Laboral durante un periodo de 5 años a contar desde la última diligencia realizada.
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    En la última reunión a la que hemos asistido con el Jefe de Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Alicante, se ha informado de la campaña de control de jornada:

  • Se recuerda la obligación de disponer de un sistema de control fiable de la jornada laboral en todos los centros de trabajo.
  • El objetivo de la campaña es que todas las empresas coticen a la Seguridad Social todas las horas trabajadas, por lo que pondrán mucho interés en el cumplimiento de la jornada, sobre todo en los contratos a tiempo parcial.
  • Otro de los objetivos es conseguir que se coticen las horas extraordinarias que se realizan fuera de la jornada ordinaria.
  • Principalmente lo que pretende la Inspección es conseguir que se cotice a la Seguridad Social por todo el trabajo que se realiza, sancionando sobre todo a las empresas que tienen trabajadores sin dar de alta o con contratos a tiempo parcial, realizando una jornada completa.
  • Se ha hablado de sectores como la hostelería, en el que se realizan jornadas superiores a las establecidas en Convenio.
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    El Jefe de la Inspección señala, que cualquier sistema de control se considerará válido, siempre que se registre la hora de entrada y la hora de salida, y que no pueda ser manipulado. El modelo de control que nosotros pusimos a disposición de las empresas, en la CIRCULAR INFORMATIVA 15/2016, se considera válido siempre que esté firmado por el trabajador y diariamente se vaya rellenando y poniendo el número de horas trabajadas.

     
     
     
     
     
     
     

    María Antonia Juárez Mulero
    Economista – Auditora

     
     
     
     
     
     
     
     
     

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