Circulares InformativasCIRCULAR INFORMATIVA 3/2019

CIRCULAR INFORMATIVA 3/2019

SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL Y EMPLEADOS DE HOGAR

Con fecha 27 de diciembre 2018, se publica el Real Decreto 1462/2018 de 21 de diciembre, que modifica el SMI con un aumento de 22,30% sobre el salario mínimo vigente, quedando en 900,00 euros mensuales por 14 pagas.

El importe de las retribuciones anuales será de 12.600,00 euros como mínimo (incluidas pagas extraordinarias).

El salario mínimo para cualquier actividad económica, sin distinción de sexo ni edad, será de 30,00 euros/día, 900 euros mensuales.

La base de cotización mínima para contratos a jornada completa será de 1.050,00 euros, a partir del día 1 de enero 2019, fecha de entrada en vigor del Real Decreto.

Las bases de cotización de los salarios profesionales de Convenios Colectivos que en cómputo anual sean inferiores al SMI, deberán actualizarse a fecha 1 de enero 2019 en la cuantía y proporción que corresponda a la jornada de trabajo prestada, teniendo como referencia el SMI aprobado.

Trabajadores Eventuales Y Temporeros

Los trabajadores eventuales y temporeros que presten servicio durante un máximo de 120 días en una misma empresa, percibirán junto al salario, la parte proporcional de los domingos y festivos, así como de las pagas extraordinarias, quedando una cotización diaria de 42,62 euros por jornada completa.

Empleados Al Servicio Del Hogar Familiar

De acuerdo con la legislación vigente en materia laboral del servicio del hogar familiar, y en aplicación del Real Decreto sobre SMI, los empleados que trabajen por horas en régimen externo, percibirán un importe de 7,04 euros por hora efectivamente trabajada, incluyendo todos los conceptos retributivos.

En las cuantías del salario mínimo por días u horas fijadas en los apartados anteriores, se computa la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero.

Las tablas de cotización para el servicio del hogar familiar quedan con un importe mínimo mensual de 206,00 euros para un trabajo a tiempo parcial de hasta 34 horas mensuales, y llegando a una base de 1.050,00 euros mensuales para la jornada completa.

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