CIRCULAR INFORMATIVA 4/2026
SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL
Con fecha 19 de febrero de 2026, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional para 2026.
La subida del Salario Mínimo Interprofesional tendrá efecto retroactivo desde el día 1 de enero del año 2026. Estas nuevas cuantías representan un incremento del 3,1% respecto de las previstas en el Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, atendiendo así de manera efectiva al derecho a una remuneración equitativa y suficiente que proporcione a las personas trabajadoras y sus familias un nivel de vida digno, estableciéndose el SMI de la siguiente manera:
1.- El Salario Mínimo Interprofesional queda fijado en 1.221,00 € brutos al mes en 14 pagas o 1.424,50 € brutos al mes en 12 pagas, no pudiendo ser inferior a una retribución de 40,70 € brutos al día ni a 17.094,00 € brutos anuales.
2.- La subida del SMI afecta a todos los trabajadores que presten sus servicios en una jornada laboral de 40 horas semanales. Para aquellos que su jornada sea inferior a las 40 horas semanales, el salario bruto se calculará proporcionalmente a las horas de trabajo que realice.
3.- La cuantía para los trabajadores eventuales y temporeros, será de 57,82 € brutos al día, y la cuantía para los empleados del hogar será de 9,55 € brutos por hora.
Atentamente,
Antonia Juárez – Asesores Tributarios –