CIRCULAR INFORMATIVA 16/2022
OBLIGACIÓN DE COMUNICACIÓN DE INGRESOS ANUALES A LA SEGURIDAD SOCIAL
Novedades reguladas en el Real Decreto 504/2022 de 27 de junio por el que se modifican el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social actualizando la regulación respecto a los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
Las novedades más importantes son:
Obligación impuesta de declarar a la Seguridad Social los rendimientos económicos netos que el autónomo prevea obtener. Esta declaración deberá realizarse en el momento del alta del autónomo, en el momento de solicitar cambios en su base y antes del 31 de octubre de 2023 por todos los autónomos que ya figuren de alta.
Se pretende con ello, que todos los autónomos paguen en función de los rendimientos obtenidos por su actividad.
La forma en que se determinarán los rendimientos netos se efectuará mediante orden del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Ampliación del número de veces que el autónomo puede solicitar cambio de su base de cotización, pasando de 4 a 6 veces al año. El cambio de base, obligará a realizar nuevamente la declaración de los rendimientos que prevea obtener.
Estos cambios, entrarán en vigor el próximo 2 de enero de 2023, quedando pendiente de regulación en la Ley de Presupuestos Generales del Estado los nuevos tipos y bases a aplicar.
Atentamente,
Antonia Juárez – Asesores Tributarios –