CIRCULAR INFORMATIVA 5/2017
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APLAZAMIENTO DEL IVA
El viernes 13 de Enero de 2017 la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, emitió una nota informativa sobre los aplazamientos del IVA, de cuya concisa redacción y claridad, y tras estar este despacho totalmente seguro, podemos informar que:
Para Autónomos y Pymes es posible aplazar el IVA por importes inferiores a 30.000 euros, sin garantía y sin tener que demostrar que existan cuotas no cobradas.
Para deudas superiores a 30.000 euros, será preciso además de aportar garantía, aportar los siguientes documentos para demostrar el IVA no cobrado:
- Relación de facturas emitidas no cobradas
- Justificación documental de que las mismas no han sido satisfechas.
- Relación de facturas recibidas acreditándose su pago y los medios utilizados para ello.
- Copia de las reclamaciones de las facturas impagadas.
Atentamente
María Antonia Juárez Mulero
Economista – Auditora