Circulares InformativasCIRCULAR INFORMATIVA 8/2017

CIRCULAR INFORMATIVA 8/2017

 

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Publicada la Orden de Seguridad Social ESS/106/2017 de 9 de febrero sobre cotización de los distintos regímenes, informamos de los cambios que se producen para el año 2017.

 

  • La Base de cotización máxima es de 3.751,20 euros al mes. El incremento con respecto al año pasado 2016 es de un 3%.

  • La Base mínima de cotización en Régimen General es la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional incrementado con la parte proporcional de las pagas extraordinarias, 825,60 euros al mes.

  • La Base mínima de cotización al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos no ha sufrido variación con respecto al año 2016, se queda en 893,10 euros al mes. La cuota a pagar por el Autónomo será de 267,03 euros al mes.

  • La Base de cotización mínima para los Administradores, Socios y Colaboradores de Sociedad, es de 1.152,90 euros al mes. La cuota a pagar por el Autónomo será de 344,71 euros al mes.

 

 

Cotización del Contrato para la Formación

El Contrato de Formación seguirá cotizando como hasta la fecha con el incremento del 8%.

Cuota a cargo de la empresa 87,22 euros/mes y a cargo del trabajador 19,62 euros/mes, para los contratos que no reúnan los requisitos para su bonificación.

 

BASES Y TIPOS DE COTIZACIÓN EN EL SISTEMA ESPECIAL DE EMPLEADOS DE HOGAR:

 

Cotización Sistema de Empleados de Hogar

A partir del 1 de enero de 2017 se incrementa el tipo de cotización para Empleados de Hogar, el tipo de cotización a cargo el empleador será del 22,10%  y a cargo del empleado será del 4,40%. Para la cotización por contingencias profesionales se aplicará el 1,10% previsto en la tarifa de primas, a cargo del empleador.

 

Los tramos de cotización son los siguientes:

TRAMOS RETRIBUCIÓN MENSUAL CON P/P PAGAS EXTRA BASE DE COTIZACIÓN
Hasta 188,61 161,29
Desde 188,62 hasta 294,60 266,84
Desde 294,61 hasta 400,80 372,39
Desde 400,81 hasta 506,80 477,96
Desde 506.81 hasta 612,90 583,52
Desde 612,91 hasta 718,20 689,09
Desde 718,21hasta 825,65 825,60
Desde 825,66 862,44

 

IMPORTANTE:

Esta Orden aprueba nuevos tipos de cotización para el sistema de empleados de hogar que entran en vigor con efectos 01-01-2017. La orden se aprueba con fecha 11-02-2017, por lo que las nóminas del mes de enero se tienen que rehacer con los nuevos tipos de cotización, quedando un importe neto en las nóminas inferior al cálculo en enero, por el aumento de cuota en la cotización del trabajador.

 

A efectos de la determinación de la retribución mensual del empleado de hogar, el importe percibido mensualmente deberá ser incrementado, conforme a lo establecido en el artículo 147.1 del texto  refundido de la LGSS, con la parte proporcional de las pagas extraordinarias que tenga derecho a percibir el empleado.

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

Atentamente

 

María Antonia Juárez Mulero
Economista – Auditora

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

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