CIRCULAR INFORMATIVA 17/2016
[av_heading heading=’Fiscal’ tag=’h3′ style=» size=» subheading_active=» subheading_size=’15’ padding=’10’ color=» custom_font=» av_uid=’av-30n9to’][/av_heading]
LIBRO DE FACTURAS RECIBIDAS/EMITIDAS Y LIBRO DE BIENES DE INVERSIÓN
Pasamos a recordarles que es requisito obligatorio que en todas las Facturas Recibidas consignen el número de recepción, en el mismo orden que dicta su correspondiente Listado de Facturas Recibidas: Compras, Gastos e Inversiones en Operaciones Interiores, así como las Adquisiciones Intracomunitarias. Les agradeceríamos que tomaran nota de esta obligatoriedad.
Así mismo, les recordamos que el libro de Bienes de Inversión, debe estar cumplimentado y puesto al día.
Atentamente.
María Antonia Juárez Mulero
Economista – Auditora