Circulares InformativasCIRCULAR INFORMATIVA 2/2018

CIRCULAR INFORMATIVA 2/2018

 

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PRORROGA MAGNITUDES ESTIMACIÓN OBJETIVA (MÓDULOS)

 

En el Boletín Oficial del Estado de 30 de Diciembre, se ha aprobado el Real Decreto-Ley 20/2017, de 29 de Diciembre, por el que se PRORROGAN y aprueban diversas medidas tributarias y otras medidas urgentes en materia social, cuya entrada en vigor se ha producido el mismo día 30 de Diciembre.

 

Por un lado, fija los Coeficientes de actualización de los valores catastrales para 2018, que tendrá efectos inmediatos en el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles); cuyo devengo se produce a 1 de Enero.

 

El artículo segundo de este Real Decreto-Ley, da nueva redacción a la disposición transitoria trigésimo segunda, ampliando su régimen transitorio también al ejercicio 2018 y manteniendo el umbral máximo de facturación que permite la tributación del método de Estimación Objetiva en el IRPF y del Régimen Simplificado en el IVA.

 

De acuerdo con la Ley del IRPF, el método de Estimación Objetiva de rendimientos para determinadas actividades económicas podrá aplicarse siempre que en el ejercicio inmediatamente anterior no haya sobrepasado los siguientes umbrales:

  • Volumen de Ingresos o Ventas para el conjunto de sus actividades, 250.000,00 €.
  • Operaciones por las que estén obligados a expedir factura a otro empresario o profesional, 125.000,00 €.
  • Volumen de Compras en bienes y servicios, 250.000,00 €.

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

Atentamente,

 

Mª Antonia Juárez Mulero
Economista – Auditora

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

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