CIRCULAR INFORMATIVA 23/2019
OBLIGACIÓN DE INFORMAR SOBRE LAS OPERACIONES VINCULADAS
Pasamos a recordarles, que a partir del ejercicio 2017, entró en vigor el modelo 232 Declaración Informativa de Operaciones Vinculadas, y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales.
El plazo de presentación de este modelo será el mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusión del período impositivo, es decir, del 1 al 30 de noviembre.
Obligados a presentar el Modelo 232.
Están obligados a presentar dicho modelo, los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no residentes que actúen mediante establecimiento permanente, así como las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, que realicen las siguientes operaciones con personas o entidades vinculadas:
- Las operaciones realizadas con la misma persona o entidad vinculada, siempre que el importe de la contraprestación del conjunto de operaciones supere los 250.000,00 euros, de acuerdo con el valor de mercado.
- Las operaciones específicas, siempre que el importe conjunto de cada uno de este tipo de operaciones en el periodo impositivo supere los 100.000,00 euros. Se consideran operaciones específicas aquellas a las que no les es de aplicación la documentación simplificada, según artículos 18.3 LIS y 16.5 RIS.
- Aquellas cuyas operaciones vinculadas que utilicen el mismo tipo de valoración, siempre que el importe de dichas operaciones en el periodo impositivo sea superior al 50% del importe neto de la cifra de negocios de la entidad.