CIRCULAR INFORMATIVA 26/2015
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Ampliación del Límite Exento de la Obligación de aportar Garantía en los Aplazamientos.
Con fecha 20 de Octubre de 2015 se publica la Orden HAP72178/2015, por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 30.000 euros.
No se exigirán garantías para las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas destinadas a la AEAT cuando su importe en conjunto no exceda de 30.000 euros y se encuentren tanto en periodo voluntario, como en periodo ejecutivo de pago.
A efectos de determinar el importe de la deuda señalada, se acumularán en el momento de la solicitud, tanto las deudas a las que se refiere la propia solicitud, como cualesquiera otras del mismo deudor por las que se haya solicitado y no resuelto el aplazamiento o fraccionamiento, así como el importe de los vencimientos pendientes de ingreso de las deudas aplazadas o fraccionadas, salvo que estén debidamente garantizadas.
Esta Orden entrará en vigor a partir del día 21 de octubre de 2015.
Atentamente.
María Antonia Juárez Mulero
Economista-Auditora