Circulares InformativasCIRCULAR INFORMATIVA 4/2016

CIRCULAR INFORMATIVA 4/2016

 

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Registro de jornada de los trabajadores a tiempo parcial

Nos permitimos recordarles la obligatoriedad de llevar a cabo el registro de jornada en los casos de jornada a tiempo parcial, en cumplimiento del artículo 12 punto 4 c y punto 5 del Estatuto de los Trabajadores.

Como hemos informado en años anteriores, la jornada de los trabajadores a tiempo parcial, se registrará día a día y se totalizará mensualmente, entregando copia al trabajador junto con el recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas cada mes, tanto las horas ordinarias como las complementarias.

El empresario deberá conservar los resúmenes mensuales de los registros de jornada durante un periodo de cuatro años.

En caso de incumplimiento de las referidas obligaciones de registro, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contario que acredite el carácter parcial de los servicios.

 

 

Plan de Prevención de Riesgos Laborales

Así mismo queremos recordarles, la obligación de tener concertado un Plan de Prevención de Riesgos Laborales que cubra la formación y los riesgos que puedan surgir derivados de accidentes en el puesto de trabajo. El cumplimiento de la Ley 31/1995 y su desarrollo por medio del Reglamento del Real Decreto 39/1997 es obligatorio para todas las empresas que tengan al menos un trabajador.

El incumplimiento de la ley, puede derivar en elevadas sanciones administrativas y responsabilidades civiles y penales, por lo que consideramos de gran importancia el cumplimiento de esta normativa.

 

 

Póliza de Seguro Obligatorio

Del mismo modo, les recordamos que la mayoría de convenios colectivos obligan a concertar una póliza de seguros que garantice las contingencias de invalidez y muerte derivadas de accidente, para todos los trabajadores. En caso de no cumplir con esta obligación, el empresario será responsable del pago del capital que se establezca, en caso de producirse un accidente.

Dadas las consecuencias negativas del incumplimiento de estas obligaciones, consideramos de gran importancia recordarlo, quedando a su disposición para aclarar cualquier duda que pudieran tener al respecto.

 

 

 

 

Atentamente.

 

María Antonia Juárez Mulero
Economista-Auditora

 

 

 

 

 

 

 

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