CIRCULAR INFORMATIVA 6/2016
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PLAN ANUAL DE CONTROL TRIBUTARIO Y ADUANERO 2016
Publicada la Resolución de 22 de Febrero de 2016, que aprueba las directrices generales sobre las que se van a dirigir las actuaciones de la AEAT para combatir el fraude fiscal en el ejercicio 2016, pasamos a hacerles un pequeño resumen de los aspectos más importantes:
La Agencia Tributaria centrará su atención, entre otros, en los siguientes sectores o tipologías del fraude:
1.- Economía Sumergida.
- Se potenciará las intervenciones realizadas mediante personación en las sedes donde se realiza la actividad económica, principalmente, en sectores económicos que son intensivos en manejo de dinero en efectivo.
- Se mantendrán actuaciones presenciales dirigidas al análisis de facturación y medios de pago para verificar el cumplimiento de la limitación de pagos en efectivo (2.500 €).
2.- Investigación de Patrimonios y Rentas en el exterior.
- Análisis de la información disponible sobre cuentas financieras, así como movimientos de divisas y operaciones relacionadas con no residentes.
- Análisis de la información suministrada por distintos países.
- Investigación de contribuyentes que no han presentado el modelo 720 (Declaración Informativa sobre Bienes y Derechos situados en el Extranjero), o si habiendo presentado el mismo, se aprecie falta de consistencia sobre lo declarado o no hayan cumplido las normas sobre la correcta presentación de dicho modelo.
3.- Planificación Fiscal Internacional.
- Comprobación de actividades realizadas en España por no residentes con objeto de verificar su correcta tributación.
4.- Economía Digital.
- Actuaciones de control sobre aquellas actividades que comercialicen sus bienes o servicios a través de Internet.
- Actuaciones en materia de auditoria informática con personal especializado en técnicas de análisis y verificación de programas y archivos de los equipos electrónicos de los obligados tributarios.
5.- Fraude organizado en IVA.
- Lucha contra las tramas fraudulentas.
- Control preventivo del Registro de Operadores Intracomunitarios.
6.- Control sobre sectores de actividad específica.
- Control especial de contribuyentes en régimen de Estimación Objetiva por Módulos del Impuesto sobre la Renta e IVA: Emisión de facturas irregulares, división artificial de actividades para mantenimiento de este régimen, etc.
- Control de fundaciones y entidades sin ánimo de lucro.
- Actuaciones de comprobación sobre solicitudes de devolución de IVA.
- Control de tributación de subvenciones percibidas.
7.- Control de impuestos medioambientales.
- Comprobación de operaciones no sujetas.
- Control del registro de existencias almacenadas.
Además, se establecen otras medidas de control: Control en los recintos aduaneros, prevención y represión del contrabando, narcotráfico y blanqueo de capitales, prestación de servicios de alto valor económico, control de productos objeto de Impuestos Especiales.
La Agencia Tributaria ha establecido mecanismos de colaboración entre la AEAT y las Administraciones Tributarias de la CCAA, para el intercambio de información sobre los tributos Estatales, Autonómicos y Locales (Patrimonio, Impuesto sobre Transmisiones, Sucesiones y Donaciones, Actos Jurídicos Documentados, etc.). Además de realizar actuaciones conjuntas y/o coordinadas con la Inspección de Trabajo.
Atentamente.
María Antonia Juárez Mulero
Economista – Auditora