Circulares InformativasCIRCULAR INFORMATIVA 7/2015

CIRCULAR INFORMATIVA 7/2015

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      Publicada la Resolución de 18 de diciembre 2014, en la que se aprueba el nuevo modelo 145 de comunicación de situación familiar del trabajador, les recordamos la obligatoriedad de tener debidamente actualizado y firmado el documento, para que el cálculo y aplicación del tipo de Retención de IRPF sea el que corresponda en las nóminas. Este año se reducen los tipos de IRPF por lo que es IMPORTANTE ACTUALIZAR Y COMUNICAR:

1-  La situación familiar del trabajador:

  • Situación 1, se produce cuando el trabajador/a es soltero/a, viudo/a  o divorciado/a  y tiene a su cargo hijos que convivan exclusivamente con él/ella, sin compartir periodos con el otro progenitor.
  • Situación 2, se produce cuando el trabajador/a está casado/a y su cónyuge no percibe rentas del trabajo superiores a 500€ anuales. En este caso es imprescindible indicar el número del D.N.I. del cónyuge.
  • Situación 3, se produce en cualquier otra situación que no sean las dos anteriores.

Comunicar también si tiene reconocida una discapacidad y el grado de ésta.

2.- Hijos menores de 25 años o mayores de 25 años, si son discapacitados y conviven con el trabajador/a:

Importante su año de nacimiento  y grado de discapacidad, en el caso de tenerla.

3.- Padres mayores de 65 años, o menores de dicha edad si tienen discapacidad reconocida y conviven con el trabajador/a.

Importante su año de nacimiento, grado de discapacidad en el caso de tenerla y si conviven con otros descendientes a lo largo del  año.

4.- Pensiones compensatorias en favor del cónyuge y anualidades por alimentos en favor de los hijos, fijadas ambas por decisión judicial.

Importante indicar el importe anual de cada una de ellas.

5.- Pagos por la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual con préstamo hipotecario.

Solo en el caso de haberla adquirido o rehabilitado antes del 1 de enero de 2013, y que tengan derecho a la deducción por vivienda habitual.

Es imprescindible que tal información sea remitida a este despacho, con el fin de realizar el cálculo de las retenciones del IRPF en nómina que le correspondan.

 

Atentamente.

 

María Antonia Juárez Mulero
Economista – Auditora

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